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Glosario

Las palabras de tu recibo, tus impuestos y tus derechos

104 términos y siglas explicados en simple, con el artículo de ley y dónde los ves en tu recibo.
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A

AforeAFORE

Administradora de Fondos para el Retiro

Seguridad social

Es la empresa que te guarda y te invierte el dinero para tu retiro. Ahí llega lo que pones tú, lo que pone tu patrón y lo que pone el gobierno, y ahí se queda creciendo hasta que te pensiones. Tip: revisa de vez en cuando cuál es la tuya y cómo va.

Ley: Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Relacionados:CEAVLey 73 y Ley 97Semanas cotizadas

Aguinaldo

Gratificación anual

Prestaciones

Es tu pago de fin de año y es obligatorio: mínimo 15 días de salario, a más tardar el 20 de diciembre. Si no trabajaste el año completo, igual te toca, nada más que en proporción a lo que trabajaste.

Ejemplo: Ganas $12,000 al mes ($400 diarios): 15 días = $6,000. Los primeros 30 UMA ($3,519) no pagan ISR.

En tu recibo: Percepción clave 002 “Gratificación anual (aguinaldo)”

Ley: LFT Art. 87 · LISR Art. 93 fr. XIV

Relacionados:Exento y gravadoUMA

Ajuste anual

Cálculo anual del ISR

Impuestos (SAT)

Al cierre del año tu patrón vuelve a hacer la cuenta del ISR de todo el año. Si te quitó de más, te lo regresa; si te quitó de menos, te lo descuenta. Por eso a veces en diciembre o enero tu recibo sale distinto.

Ley: LISR Art. 97

Relacionados:Declaración anualSaldo a favor

Antigüedad

Salir del trabajo

Es el tiempo que llevas con el mismo patrón, contado desde el día que entraste. Importa mucho: de ahí salen tus días de vacaciones y lo que te toca si te vas.

En tu recibo: Dato “Antigüedad” o “Fecha de inicio de relación laboral”

Ley: LFT Arts. 76, 158 y 162

Relacionados:VacacionesPrima de antigüedad

Aportación complementaria de retiro

Seguridad social

Es ahorro extra en tu Afore destinado a tu retiro, no a gastos de corto plazo. Puede ser deducible si cumple los requisitos de permanencia que marca la ley; retirar antes puede generar impuestos.

Ley: Ley del SAR Art. 79 · LISR Art. 151 fr. V

Relacionados:AFOREAportación voluntariaPPR

Aportación voluntaria

Seguridad social

Es dinero extra que decides ahorrar en tu Afore, además de las aportaciones obligatorias. El plazo para retirarlo y su tratamiento de impuestos dependen del tipo de ahorro; no todas las aportaciones voluntarias son deducibles.

Ley: Ley del SAR Art. 79 · LISR Art. 151 fr. V

Relacionados:AFOREAportación complementaria de retiroPPR

Archivo de datos estructurados (XML)XML

Extensible Markup Language (lenguaje de marcado extensible)

Recibo de nómina

Es un archivo que ordena datos con etiquetas para que los programas los puedan leer. El XML de tu recibo (el CFDI) trae cada concepto, importe y dato fiscal, por eso es lo más exacto para importarlo. Ojo: que sea XML no lo hace válido ni garantiza que los cálculos estén bien.

Ejemplo: En tu XML de nómina viene algo como Concepto="Sueldo" Importe="16000.00": la app lee ese dato tal cual, sin adivinar.

En tu recibo: El archivo .xml que te da tu empresa junto al PDF

Relacionados:CFDIPDFComplemento de nómina

Asimilados a salarios

Impuestos (SAT)

Es un esquema donde el SAT te cobra ISR como si fuera sueldo, pero sin ser empleado. O sea: no hay IMSS, ni aguinaldo, ni vacaciones por ley. Si te ofrecen esto, pregunta bien qué incluye.

Ley: LISR Art. 94

Relacionados:ISRHonorarios (servicios profesionales)

Ausentismo (faltas)

Recibo de nómina

Es el descuento por los días que faltaste sin justificar. Te descuentan el salario de esos días, ni más ni menos.

En tu recibo: Deducción clave 020 “Ausencia (ausentismo)”

B

BanxicoBANXICO

Banco de México

Instituciones

El Banco de México. Entre muchas otras cosas, cada día hábil publica el tipo de cambio FIX del dólar, que es el que se usa para los impuestos.

Relacionados:Tipo de cambio FIX

Bono

Bonos, premios e incentivos

Prestaciones

Es un pago extra por metas, puntualidad, asistencia o resultados. Ojo: en general paga ISR completo, así que llega más flaquito de lo que se ve en la carta. Si es por desempeño, también cuenta para tu SDI.

En tu recibo: Percepciones 010 “Premios por puntualidad”, 049 “Premios por asistencia” o 038 “Otros ingresos por salarios”

Bruto y neto

Recibo de nómina

Bruto es lo que gana tu puesto antes de descuentos. Neto es lo que de verdad te llega a la cuenta después de ISR, IMSS y otros descuentos. Cuando compares ofertas, compara netos.

Ejemplo: Bruto $20,000 − ISR $2,384 − IMSS $540 = neto $17,076 (aprox., prestaciones de ley).

En tu recibo: “Total percepciones” es el bruto; “Neto a pagar” es el neto

C

Centro de Conciliación

Instituciones

Es la oficina pública a la que vas antes de demandar a tu patrón. Es un paso obligatorio y es gratis: un conciliador los sienta a platicar para ver si llegan a un acuerdo sin juicio.

Ley: LFT Arts. 684-A y siguientes

Relacionados:PROFEDETDespido injustificado

Cesantía en edad avanzada y vejezCEAV

Seguridad social

Es el seguro del IMSS que va armando tu pensión. Una parte la pagas tú (1.125% de tu salario base de cotización) y se va directo a tu Afore.

En tu recibo: Dentro de la deducción 001 “Seguridad social”

Ley: LSS Art. 168

Relacionados:AFOREIMSS

CFDI

Comprobante Fiscal Digital por Internet

Recibo de nómina

Es la factura electrónica oficial del SAT. Tu recibo de nómina es un CFDI: trae un archivo XML (los datos para el SAT) y casi siempre un PDF (la versión para que tú lo leas).

Ley: CFF Art. 29 · LISR Art. 99 fr. III

Relacionados:Complemento de nóminaFolio fiscal (UUID)XMLPDF

Complemento de nómina

Recibo de nómina

Es la parte del CFDI donde viene el detalle de tu pago: qué te pagaron, qué te descontaron, cuántos días, tu SDI y tu SBC. La versión que se usa hoy es la 1.2.

Relacionados:CFDIPercepcionesDeducciones (del recibo)

Complemento de pago

Independientes

Es un comprobante que emites cuando te pagan una factura PPD, para avisarle al SAT que ya cobraste. Tienes a más tardar el día 5 del mes siguiente al pago.

Ley: CFF Art. 29; RMF (complemento para recepción de pagos)

Relacionados:PPD

CONASAMI

Comisión Nacional de los Salarios Mínimos

Instituciones

Es el organismo del gobierno que cada año decide cuánto sube el salario mínimo en México. Lo hace en una mesa donde también se sientan representantes de los trabajadores y de las empresas, y su acuerdo se publica para que aplique desde el 1 de enero. Por eso, cuando escuches «la CONASAMI anunció el aumento», están hablando del piso de sueldo que ningún patrón puede pagar de menos.

Ejemplo: Para 2026 la CONASAMI fijó el salario mínimo general en $315.04 al día (zona general).

Ley: LFT Arts. 90, 552 y 570

Relacionados:Salario mínimoUMA

Constancia de retenciones

Impuestos (SAT)

Es el documento que dice cuánto ganaste y cuánto ISR te retuvieron en el año. Guárdalo, porque lo vas a necesitar para tu declaración anual.

Relacionados:Declaración anualRetención

Contrato individual de trabajo

Derechos laborales

Es el documento con tus condiciones: puesto, sueldo, horario, lugar y duración. Fíjate que aunque no haya contrato por escrito, la relación laboral existe igual, y la responsabilidad de no tenerlo es del patrón.

Ley: LFT Arts. 20, 24, 25 y 26

Cuotas obrero-patronales

Seguridad social

Es lo que se paga al IMSS por ti cada mes. La parte grande la pone tu patrón; la tuya (cuota obrera) es como 2.4% de tu salario base de cotización.

En tu recibo: Tu parte es la deducción 001 “Seguridad social”

Ley: LSS Arts. 25, 106, 107, 147 y 168

Relacionados:IMSSSBC

CURP

Clave Única de Registro de Población

Recibo de nómina

Tu clave de identidad de 18 caracteres. Viene en tu recibo para que el SAT y el IMSS sepan que eres tú.

D

Declaración anual

Impuestos (SAT)

Es el reporte de tus ingresos del año que le presentas al SAT en abril. Si solo tienes sueldo de un patrón y ganaste menos de $400,000, normalmente no estás obligado… pero te puede convenir presentarla para recuperar dinero con tus deducciones personales.

Ley: LISR Arts. 98 fr. III, 150 y 151

Relacionados:Deducciones personalesSaldo a favor

Deducciones (del recibo)

Recibo de nómina

Es todo lo que te descuentan en el recibo: ISR, IMSS, Infonavit, Fonacot, fondo de ahorro, pensión alimenticia, faltas, etc.

En tu recibo: Sección “Deducciones”

Relacionados:Percepciones

Deducciones autorizadas (negocio)

Independientes

Son los gastos de tu chamba que puedes restar a tus ingresos para pagar menos ISR: equipo, software, contador, oficina. La regla es sencilla: que tengan factura y que de verdad los necesites para trabajar.

Ley: LISR Arts. 103 y 105

Relacionados:PFAE

Deducciones personales

Impuestos (SAT)

Son gastos que el SAT te deja restar en tu declaración anual: médicos y dentista, seguro de gastos médicos, colegiaturas, intereses de hipoteca, plan personal de retiro, entre otros. Tienen tope: 15% de tus ingresos o 5 UMA anuales, lo que sea menor (con algunas excepciones). Tip: pide factura de todo eso.

Ley: LISR Art. 151

Relacionados:Declaración anual

Despido injustificado

Salir del trabajo

Es cuando te corren sin una de las causas que marca la ley, o sin darte el aviso por escrito. Puedes pedir que te reinstalen o que te indemnicen. Ojo con el tiempo: tienes 2 meses para reclamar.

Ley: LFT Arts. 47, 48 y 518

Relacionados:Indemnización constitucionalLiquidaciónCentro de Conciliación

Despido justificado (rescisión)

Salir del trabajo

Es cuando el patrón te despide por una causa que marca la ley (faltas, engaño, robo, etc.) y te avisa por escrito. En ese caso te toca el finiquito y la prima de antigüedad, pero no la indemnización.

Ley: LFT Arts. 47 y 162

Relacionados:Finiquito

Días de descanso obligatorio

Días festivos

Derechos laborales

Son los días de descanso obligatorio: 1 de enero, primer lunes de febrero, tercer lunes de marzo, 1 de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre, 25 de diciembre, el 1 de octubre cada 6 años y los días de elecciones. Si te toca trabajar alguno, te pagan triple: tu salario más el doble.

Ley: LFT Arts. 74 y 75

Documento de formato fijo (PDF)PDF

Portable Document Format (formato de documento portátil)

Recibo de nómina

Es un archivo hecho para que un documento se vea igual en cualquier dispositivo. El PDF de tu recibo sirve para verlo, descargarlo o imprimirlo; puede traer texto que se selecciona o ser una imagen escaneada. Por eso, al leer sus importes en automático hay que revisar lo detectado, y no sustituye los datos fiscales del XML.

Ejemplo: Si tu PDF es una foto escaneada, la app lee los números de la imagen y te pide confirmarlos antes de explicarte el recibo.

En tu recibo: El archivo .pdf que abres para ver tu recibo

Relacionados:XMLCFDI

E

e.firma

Firma electrónica avanzada

Impuestos (SAT)

Es tu firma digital ante el SAT. Vale lo mismo que tu firma en papel y la vas a necesitar para muchos trámites, como pedir una devolución. Guárdala bien y no la compartas.

Exento y gravado

Impuestos (SAT)

Gravado es la parte de un pago que sí paga ISR. Exento es la parte que la ley deja libre de impuesto, casi siempre hasta cierto número de UMA. Por eso un mismo pago puede venir partido en dos.

Ejemplo: Aguinaldo de $10,000: $3,519 exentos (30 UMA) y $6,481 gravados.

En tu recibo: Columnas “Gravado” y “Exento” de cada percepción

Ley: LISR Art. 93

F

Factor de integración

Seguridad social

Es el número por el que se multiplica tu salario diario para sumarle la parte diaria de tu aguinaldo y tu prima vacacional. Con las prestaciones mínimas de ley, el primer año es 1.0493.

Ejemplo: 1 + (15 días de aguinaldo + 12 de vacaciones × 25%) ÷ 365 = 1.0493.

Relacionados:SDI

Finiquito

Salir del trabajo

Es lo que te tienen que pagar siempre que dejas un trabajo, renuncies o te corran: los días trabajados que no te han pagado, tu aguinaldo proporcional, las vacaciones que no tomaste y su prima vacacional. Eso no se negocia, te toca.

Ley: LFT Arts. 76, 80 y 87

Relacionados:LiquidaciónPrima de antigüedad

Folio fiscal (UUID)

Recibo de nómina

Es el código único de 36 caracteres que el SAT le pone a cada CFDI cuando se timbra. Con él puedes revisar en el portal del SAT que tu recibo sea válido.

Relacionados:CFDITimbrado

FonacotINFONACOT

Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores

Instituciones

Da créditos a trabajadores que se pagan solitos con descuentos de tu nómina.

En tu recibo: Deducción clave 011 “Pago de abonos Infonacot”

Fondo de ahorro

Prestaciones

Es un ahorro que te descuentan del sueldo y que tu empresa iguala (casi siempre al 100%). Te lo regresan una o dos veces al año, así que es dinero tuyo, no un descuento perdido. Lo que pone la empresa está exento hasta 13% de tu sueldo y 1.3 UMA anuales.

En tu recibo: Percepción 005 (lo que pone la empresa) y deducción 004 “Otros” o “Fondo de ahorro” (lo que pones tú)

Ley: LISR Art. 93 fr. XI · LSS Art. 27 fr. II

G

Gratificación extraordinaria

Salir del trabajo

Es un pago extra que la empresa decide darte cuando sales, aparte de lo que marca la ley. Para el ISR se trata como pago por separación.

Relacionados:Liquidación

H

Honorarios (servicios profesionales)

Independientes

Son los ingresos por servicios que das por tu cuenta, sin ser empleado: consultoría, diseño, desarrollo, etc. Tú le facturas a tus clientes y tú te encargas de tus impuestos.

Ley: LISR Art. 100

Relacionados:PFAERESICORetenciones a independientes

Horas extra

Tiempo extraordinario

Derechos laborales

Son las horas que trabajas después de tu jornada. Las primeras 9 de la semana (3 al día, 3 veces) se pagan dobles y hasta 4 más, triples. Con la reforma de 2026, el límite de horas dobles sube poco a poco hasta 12 en 2030.

En tu recibo: Percepción clave 019 “Horas extra”

Ley: LFT Arts. 66, 67 y 68 · LISR Art. 93 fr. I

Relacionados:Jornada de trabajo

I

IMSS

Instituto Mexicano del Seguro Social

Seguridad social

Es el que te da servicio médico, pago cuando te incapacitan, guardería y tu pensión. Tu patrón tiene que darte de alta a más tardar 5 días hábiles después de que entras; si no lo hizo, pregunta.

En tu recibo: Deducción clave 001 “Seguridad social”

Ley: Ley del Seguro Social

Relacionados:Cuotas obrero-patronalesSBC

Incapacidad

Seguridad social

Es el permiso médico del IMSS cuando no puedes trabajar. Por enfermedad general el IMSS te paga 60% de tu salario a partir del 4º día; por maternidad, 100% durante 84 días; por un accidente de trabajo, 100%.

En tu recibo: Deducción 006 “Descuento por incapacidad” y percepción 014 si la empresa te completa el pago

Ley: LSS Arts. 58, 96, 98 y 101

Indemnización constitucional

Tres meses de salario

Salir del trabajo

Son 90 días de tu salario diario integrado que te tocan si te despiden sin causa justificada (o si la empresa cierra), sin importar cuánto tiempo trabajaste ahí.

Ley: Constitución Art. 123-A fr. XXII · LFT Arts. 48 y 436

Relacionados:LiquidaciónIndemnización de 20 días por añoSDI

Indemnización de 20 días por año

Salir del trabajo

Son 20 días de salario integrado por cada año trabajado. Te tocan si el patrón no quiere reinstalarte o si tú te vas por culpa del patrón.

Ley: LFT Arts. 49, 50 y 52

Relacionados:Indemnización constitucional

Inflación

Finanzas personales

Es el aumento general de los precios a lo largo del tiempo. Si tu dinero crece menos que los precios, su poder de compra disminuye. Por eso, el rendimiento anunciado y lo que puedes comprar con él son cosas distintas.

Ejemplo: Una cantidad de dinero puede alcanzar para menos compras en el futuro aunque el saldo de la cuenta no haya bajado.

Relacionados:Presupuesto

InfonavitINFONAVIT

Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Seguridad social

Tu patrón aporta 5% de tu salario base a tu subcuenta de vivienda. Con ese ahorro y tus puntos puedes pedir un crédito para comprar casa. Aunque no lo uses, ese dinero es tuyo.

En tu recibo: Si tienes crédito: deducción 010 “Pago por crédito de vivienda”

Ley: Ley del Infonavit Art. 29

Inteligencia artificialIA

Herramientas digitales

Es una tecnología que genera explicaciones a partir de la información y la pregunta que recibe. Puede equivocarse: en este sitio ayuda a entender los resultados, pero no cambia las fórmulas ni verifica tu situación con el SAT.

Ejemplo: Puedes preguntar qué significa una retención. Para confirmar un importe, revisa los datos, los supuestos del cálculo y la fuente correspondiente.

Relacionados:SAT

ISR

Impuesto sobre la Renta

Impuestos (SAT)

Es el impuesto sobre lo que ganas. Tu patrón te lo quita en cada pago con la tabla del SAT y lo entrega por ti. Mientras más ganas, más alto el porcentaje (de 1.92% a 35%), pero solo sobre la parte que pasa de cada rango.

En tu recibo: Deducción clave 002 “ISR”

Ley: LISR Arts. 94, 96 y 152

Relacionados:Tarifa de ISRTasa efectivaSubsidio para el empleo

IVA

Impuesto al Valor Agregado

Independientes

Es el impuesto de 16% que cobras en tus facturas y luego le pagas al SAT (menos el IVA de tus gastos). O sea: ese dinero no es tuyo, nada más pasa por tu cuenta. Si tu cliente está en el extranjero, normalmente es 0%; en la frontera puede ser 8%.

Ley: LIVA Arts. 1, 1-A y 29

Relacionados:Retenciones a independientes

J

Jornada de trabajo

Derechos laborales

Es el tiempo que trabajas al día: máximo 8 horas de día, 7 de noche y 7.5 mixta (48 horas a la semana en 2026; baja a 46 en 2027 y a 40 en 2030). Y por cada 6 días trabajados te toca al menos uno de descanso.

Ley: LFT Arts. 58, 60, 61 y 69

Relacionados:Horas extraPrima dominical

L

Ley 73 y Ley 97

Seguridad social

Son los dos regímenes de pensión del IMSS. Si empezaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997 puedes elegir Ley 73 (tu pensión sale de tu salario promedio y tus semanas). Si empezaste después, te toca Ley 97 (tu pensión sale de lo que juntaste en tu Afore).

Relacionados:AFORESemanas cotizadasModalidad 40

LFT

Ley Federal del Trabajo

Leyes y unidades

La Ley Federal del Trabajo. Es la que dice tus derechos como trabajador: sueldo, horario, vacaciones, aguinaldo, despido, etc.

Licencia de maternidad y paternidad

Derechos laborales

Maternidad: 12 semanas con sueldo (6 antes y 6 después del parto, y se pueden acomodar). Paternidad: 5 días hábiles con goce de sueldo.

Ley: LFT Arts. 132 fr. XXVII Bis y 170 · LSS Art. 101

LISR

Ley del Impuesto sobre la Renta

Leyes y unidades

La Ley del Impuesto sobre la Renta. Dice cuánto ISR pagas, qué ingresos no pagan y qué puedes deducir.

LIVA

Ley del Impuesto al Valor Agregado

Leyes y unidades

La Ley del Impuesto al Valor Agregado. La que regula el IVA.

LSS

Ley del Seguro Social

Leyes y unidades

La Ley del Seguro Social. Es la ley del IMSS: cuotas, salario base de cotización, incapacidades y pensiones.

M

Modalidad 40

Continuación voluntaria en el régimen obligatorio

Seguridad social

Te deja seguir cotizando al IMSS por tu cuenta cuando ya no tienes patrón, para no perder o para mejorar tu pensión (sobre todo si estás en Ley 73).

Ley: LSS Art. 218

Relacionados:Ley 73 y Ley 97

N

P

Pagos provisionales

Independientes

Son adelantos del ISR anual. En actividad empresarial y profesional (612), el cálculo mensual usa ingresos y deducciones acumulados, menos pagos anteriores y retenciones. La fecha general es el 17 del mes siguiente, con ajustes y facilidades aplicables; RESICO sigue reglas distintas.

Ley: LISR Art. 106

Relacionados:PFAE

Pensión alimenticia (descuento)

Recibo de nómina

Es un descuento que un juez le ordena a tu patrón para mantener a tus hijos u otros dependientes. Tu patrón está obligado a aplicarlo.

En tu recibo: Deducción clave 007 “Pensión alimenticia”

Ley: LFT Art. 110 fr. V

Percepciones

Recibo de nómina

Es todo lo que te pagan en el recibo: sueldo, horas extra, primas, bonos, vales, aguinaldo, etc. Cada una dice qué parte paga ISR y qué parte no.

En tu recibo: Sección “Percepciones”

Relacionados:Deducciones (del recibo)Exento y gravado

Periodicidad de pago

Recibo de nómina

Es cada cuánto te pagan: semanal, catorcenal, quincenal o mensual. Parece un detalle, pero cambia la tabla de ISR que se usa en cada recibo.

En tu recibo: Dato “Periodicidad de pago” (01 diario, 02 semanal, 03 catorcenal, 04 quincenal, 05 mensual)

Persona física

Impuestos (SAT)

Es una persona de carne y hueso con actividades ante el SAT: tú, recibiendo un sueldo o facturando por tu cuenta. La otra opción es la persona moral, que es una empresa. Te conviene saberlo porque las reglas de retenciones cambian según contra quién facturas.

Ley: CFF Art. 4

Relacionados:PFAEPersona moralRESICO

Persona moral

Impuestos (SAT)

Es una empresa con su propia vida legal: SA de CV, S de RL, etc. Firma contratos y paga impuestos por su cuenta, y cuando le facturas servicios profesionales te retiene ISR e IVA.

Ley: CFF Art. 4

Relacionados:Persona físicaRetenciones a independientes

Plan Personal de RetiroPPR

Seguridad social

Es una cuenta o plan de ahorro para usar al llegar a los 65 años o en caso de invalidez o incapacidad, con una institución autorizada. Puede dar una deducción de impuestos si cumple los requisitos de la ley; antes de contratar, revisa comisiones, permanencia y condiciones de retiro.

Ley: LISR Art. 151 fr. V

Relacionados:Aportación voluntariaAportación complementaria de retiroDeducciones personales

PPD

Pago en parcialidades o diferido

Independientes

Es el método de pago que pones en tu factura cuando te van a pagar después (a 30, 60 o 90 días) o en partes. Cuando te paguen, emites un complemento de pago, y el IVA lo declaras el mes en que de verdad cobras.

Ley: CFF Art. 29-A; LIVA Art. 1-B

Relacionados:PUEComplemento de pago

Presupuesto

Finanzas personales

Es un plan para comparar el dinero que tienes disponible con tus gastos, compromisos y metas. Te ayuda a decidir cuánto puedes destinar a cada cosa y a revisar qué falta registrar; no convierte un cobro pendiente en dinero recibido.

Ejemplo: Antes de repartir la quincena, anotas la renta, los servicios, la comida y los pagos que ya tienes comprometidos.

Relacionados:Bruto y netoInflación

Previsión social

Prestaciones

Son prestaciones para mejorar tu calidad de vida: vales de despensa y de restaurante, becas, ayudas, seguros. No pagan ISR, pero ojo: si tu sueldo más estas prestaciones pasa de 7 UMA anuales, solo 1 UMA anual queda libre de impuesto (los seguros y el fondo de ahorro no entran en ese tope).

Ley: LISR Arts. 7 y 93 fr. VIII

Relacionados:Vales de despensaVales de restaurante

Prima de antigüedad

Salir del trabajo

Son 12 días de salario por cada año trabajado, con tope de 2 salarios mínimos diarios, así que suele ser menos de lo que uno espera. Te toca en cualquier despido; si renuncias, solo si llevas 15 años o más.

En tu recibo: Percepción clave 022 “Prima por antigüedad”

Ley: LFT Arts. 162, 485 y 486

Relacionados:FiniquitoLiquidación

Prima dominical

Derechos laborales

Es un 25% extra sobre tu salario del día si trabajas en domingo. No paga ISR hasta 1 UMA por cada domingo.

En tu recibo: Percepción clave 020 “Prima dominical”

Ley: LFT Art. 71 · LISR Art. 93 fr. XIV

Prima vacacional

Prestaciones

Es un pago extra de al menos 25% del salario de tus días de vacaciones, para que de verdad las disfrutes. No paga ISR hasta 15 UMA al año.

Ejemplo: 12 días de vacaciones con salario de $400: $4,800 × 25% = $1,200 de prima.

En tu recibo: Percepción clave 021 “Prima vacacional”

Ley: LFT Art. 80 · LISR Art. 93 fr. XIV

Relacionados:Vacaciones

PROFEDET

Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo

Instituciones

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. Te asesora y te representa gratis si tienes un problema con tu patrón: despido, finiquito mal pagado, que no te dieron de alta en el IMSS. Atiende por teléfono, en línea y en oficinas.

Relacionados:Centro de Conciliación

PTU

Participación de los Trabajadores en las Utilidades

Prestaciones

Es el reparto de 10% de las utilidades de la empresa entre los trabajadores, normalmente en mayo. Tiene tope: 3 meses de salario o el promedio de lo que recibiste los últimos 3 años, lo que te convenga más. No paga ISR hasta 15 UMA.

En tu recibo: Percepción clave 003 “PTU”

Ley: LFT Arts. 117 a 131 · LISR Art. 93 fr. XIV

PUE

Pago en una sola exhibición

Independientes

Es el método de pago que pones en tu factura cuando ya te pagaron completo o te pagan ese mismo mes. Ojo: con PUE el SAT da por hecho que ya cobraste, así que el IVA se declara ese mes aunque el dinero no haya llegado.

Ley: CFF Art. 29-A

Relacionados:PPDIVA

R

Régimen 612: actividades empresariales y profesionales

Independientes

Es la clave del SAT para personas que tienen un negocio o prestan servicios por su cuenta en el régimen de actividades empresariales y profesionales. Para estimar su ISR se consideran los ingresos y las deducciones autorizadas del periodo, además de los ajustes que correspondan. Confirma que estás registrado ahí en tu constancia de situación fiscal; tu oficio por sí solo no lo determina.

Ley: LISR Arts. 100, 103 y 106 · Catálogo SAT c_RegimenFiscal

Relacionados:Régimen 626: RESICORégimen fiscalConstancia de situación fiscalPagos provisionales

Régimen 626: RESICO

Independientes

Es la clave del SAT del Régimen Simplificado de Confianza, conocido como RESICO. Para personas físicas que cumplen sus requisitos, el ISR de la actividad se calcula sobre ingresos efectivamente cobrados, sin restar gastos, con reglas distintas del régimen 612. Trabajar por tu cuenta no te inscribe automáticamente: revisa tu constancia de situación fiscal.

Ley: LISR Art. 113-E · Catálogo SAT c_RegimenFiscal

Relacionados:RESICORégimen 612: actividades empresariales y profesionalesConstancia de situación fiscal

Régimen fiscal

Impuestos (SAT)

Es la categoría en la que estás dado de alta en el SAT según cómo ganas tu dinero: sueldos y salarios (605), actividad empresarial y profesional (612), RESICO (626), entre otras.

Relacionados:Constancia de situación fiscal

Registro patronal

Recibo de nómina

Es el número con el que tu empresa está dada de alta en el IMSS. Si tu recibo no lo trae, vale la pena preguntar si te tienen inscrito.

Relacionados:IMSS

Renuncia voluntaria

Salir del trabajo

Es cuando tú decides irte. Te toca tu finiquito; la prima de antigüedad, solo si llevas 15 años o más. Un consejo muy de la vida adulta: no firmes una renuncia si en realidad te están corriendo.

Ley: LFT Arts. 53 y 162

Relacionados:Finiquito

REPSE

Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas

Derechos laborales

Desde 2021 ya no se vale subcontratar personal. Solo se permiten servicios especializados de empresas registradas en el REPSE, y la empresa para la que trabajas responde por tus derechos.

Ley: LFT Arts. 12 a 15

RESICO

Régimen Simplificado de Confianza

Independientes

Es un régimen para quien trabaja por su cuenta y gana hasta $3.5 millones al año. Pagas ISR de 1% a 2.5% sobre lo que cobras, sin restar gastos. Más sencillo, aunque no siempre conviene.

Ley: LISR Art. 113-E

Relacionados:PFAE

Retención

Impuestos (SAT)

Es cuando alguien te descuenta un impuesto antes de pagarte y lo entrega al SAT por ti. Tu patrón hace esto con tu ISR en cada pago.

Relacionados:ISRConstancia de retenciones

Retenciones a independientes

Independientes

Si le facturas servicios profesionales a una empresa en México, te retiene ISR (10% en el régimen 612 o 1.25% en RESICO) y dos terceras partes del IVA. Eso que te retienen lo restas de tus pagos al SAT, no se pierde.

Ley: LISR Arts. 106 y 113-J · LIVA Art. 1-A · RLIVA Art. 3

Relacionados:IVAPagos provisionales

RFC

Registro Federal de Contribuyentes

Impuestos (SAT)

Tu clave ante el SAT (13 caracteres si eres persona). Tu patrón la necesita para poder timbrar tus recibos.

Relacionados:Constancia de situación fiscal

S

Salario base de cotizaciónSBC

Seguridad social

Es el salario con el que el IMSS calcula tus cuotas y lo que te paga si te incapacitas o te pensionas. Es tu SDI, pero con tope de 25 UMA diarias ($2,932.75 en 2026).

En tu recibo: Dato “Salario base de cotización” o “SBC”

Ley: LSS Arts. 27 y 28

Relacionados:SDIIMSS

Salario diarioSD

Recibo de nómina

Es tu sueldo de un día: mensual entre 30, quincenal entre 15 o semanal entre 7. Es la base para tu aguinaldo, tus vacaciones y tu prima vacacional.

En tu recibo: Dato “Salario diario”

Relacionados:SDI

Salario diario integradoSDI

Seguridad social

Es tu salario diario más la parte diaria de tus prestaciones: aguinaldo, prima vacacional y otras (bonos, vales que pasen el tope). Se usa para el IMSS, el Infonavit y para calcular tu indemnización si te corren.

Ejemplo: Salario diario $400 × factor 1.0493 = SDI $419.72.

En tu recibo: Dato “Salario diario integrado” o “SDI”

Ley: LFT Art. 84 · LSS Art. 27

Relacionados:Factor de integraciónSBC

Salario mínimo

Leyes y unidades

Es lo menos que te pueden pagar por una jornada. En 2026: $315.04 diarios en general y $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte.

Ley: LFT Arts. 90 y 94 · Resolución CONASAMI 2026

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Salarios vencidos

Salir del trabajo

Si demandas por despido injustificado y ganas, el patrón te paga los salarios que dejaste de recibir durante el juicio, hasta 12 meses, y después intereses.

Ley: LFT Art. 48

Saldo a favor

Impuestos (SAT)

Es cuando pagaste más ISR del que te tocaba en el año. El SAT te lo regresa si lo pides en tu declaración anual. Dinero tuyo, así que vale la pena revisarlo.

Relacionados:Declaración anualDeducciones personales

SAT

Servicio de Administración Tributaria

Instituciones

El Servicio de Administración Tributaria. Es la autoridad de impuestos: cobra el ISR y el IVA, recibe tus declaraciones y valida tus recibos de nómina.

Semanas cotizadas

Seguridad social

Son las semanas que llevas dado de alta en el IMSS. Necesitas un mínimo para pensionarte. Las puedes consultar gratis en el portal del IMSS; tip: revísalas de vez en cuando.

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Subsidio para el empleo

Impuestos (SAT)

Es un apoyo del gobierno que te baja el ISR si ganas hasta $11,492.66 al mes. En 2026 son $535.65 mensuales.

En tu recibo: Otro pago clave 002 “Subsidio para el empleo”

Ley: Decreto de subsidio para el empleo 2026

Relacionados:ISR

T

Tarifa de ISR

Impuestos (SAT)

Es la tabla del SAT que dice cuánto ISR pagas según lo que ganas: una cuota fija más un porcentaje solo sobre lo que pasa del inicio de tu rango. Se publica cada año en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Ley: LISR Arts. 96 y 152 · Anexo 8 RMF 2026

Relacionados:ISRTasa efectiva

Tasa efectiva

Impuestos (SAT)

Es el porcentaje real de impuesto que pagas: tu ISR entre tu ingreso gravado. Siempre sale menor que el porcentaje de tu rango, y es el número que de verdad importa.

Ejemplo: Ganas $20,000 y pagas $2,384 de ISR: tasa efectiva 11.9%, aunque tu rango es de 21.36%.

Timbrado

Recibo de nómina

Es cuando un proveedor autorizado por el SAT valida el CFDI y le pone su folio fiscal. Un recibo sin timbrar no es un comprobante oficial.

Relacionados:CFDIFolio fiscal (UUID)

Tipo de cambio FIX

Leyes y unidades

Es el tipo de cambio peso-dólar que Banxico publica cada día hábil. Es el que se usa para convertir a pesos los pagos en dólares cuando hablamos de impuestos.

Relacionados:BANXICO

U

UMA

Unidad de Medida y Actualización

Leyes y unidades

Es un valor de referencia que se usa para las exenciones de ISR, los topes del IMSS y las multas, en lugar del salario mínimo. En 2026 (desde el 1 de febrero): $117.31 diaria, $3,566.22 mensual y $42,794.64 anual.

Ley: Constitución Art. 26 · INEGI

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V

Vacaciones

Prestaciones

Son tus días de descanso pagados cada año. Desde 2023: 12 días el primer año, luego 14, 16, 18 y 20; después, 2 días más cada 5 años. Al menos 12 se disfrutan seguidos y el resto lo repartes como quieras; tu patrón te las tiene que dar dentro de los 6 meses siguientes a tu aniversario. Mi consejo: úsalas, no regales ni un día.

Ley: LFT Arts. 76, 78 y 81

Relacionados:Prima vacacionalAntigüedad

Vales de despensa

Prestaciones

Es un monedero electrónico para el súper y cosas básicas. No paga ISR como previsión social (con el tope de 7 UMA / 1 UMA anual), y para el IMSS no cuenta hasta 40% de la UMA mensual.

En tu recibo: Percepción clave 029 “Vales de despensa”

Ley: LISR Arts. 27 fr. XI y 93 fr. VIII · LSS Art. 27 fr. VI

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Vales de restaurante

Prestaciones

Son vales para comer. Para el ISR cuentan como previsión social. Para el IMSS sí se suman a tu salario, salvo que tú pagues al menos 20% del salario mínimo por ellos.

En tu recibo: Percepción clave 030 “Vales de restaurante”

Ley: LISR Art. 93 fr. VIII · LSS Art. 27 fr. V

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Cifras 2026. Es para entender y aprender, no es asesoría legal, fiscal ni contable.

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